Vocales De Mesa
Agencia Uno.
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Este sábado 30 de octubre el Servicio Electoral de Chile (Servel) publicó la nómina de los vocales de mesa con miras a las elecciones Presidenciales, Parlamentarias y de Consejeros y Consejeras regionales que se realizarán el próximo 21 de noviembre.

Así, quienes fueron escogidos para desempeñarse como vocal de mesa y están imposibilitados de realizar esa labor, el plazo de excusa inició este martes 2 de noviembre y se extiende hasta el jueves 4 del presente mes.

Este trámite se puede realizar ante la Junta Electoral que les corresponda y, además, si alguna de las causales contempladas por la ley 18.700 impide cumplir este rol.

Ante esto, los motivos que contempla la ley para permitir excusarse como vocal de mesa para los comicios del 21 de noviembre son:

  • Tener 60 o más años de edad. 
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM). 
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación. 
  • Madre o padre de hijos menores de dos años. 
  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador. 
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva. 
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700. 
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico. 
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud. 

Las personas que no acudan a excusarse hasta el 4 de noviembre y no acusan a realizar la labor encomendada como vocal de mesa incurrirán en una infracción electoral, es decir, serán sancionados con una multa a beneficio municipal que va desde las 2 a 8 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que equivale a $105.000 a $422.000 aproximadamente.

También si un vocal designado no concurrió a cumplir su función, puede ser citado por el Juzgado de Policía local. Es en esta instancia donde debe presentar la documentación necesaria para justificarse ante el juez.

Si aún no sabes si fuiste seleccionado como vocal de mesa, debes ingresar a consulta.servel.cl y mediante tu RUN podrás acceder a tus datos electorales.

Finalmente, el próximo sábado 6 de noviembre se publica la nómina de vocales reemplazantes. En esta instancia la ley no contempla excusas. 

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