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El Senado aprobó en general –por 25 votos a favor y una abstención- el proyecto que establece como una sola infracción, el paso de un vehículo por distintos portales del tag sin contar con el dispositivo electrónico. Esto apunta a aplicar el principio de proporcionalidad entre la falta y la sanción.

Además, acordó que las comisiones de Transportes y de Obras Públicas revisen las indicaciones que se redacten al proyecto. Hasta 9 de enero correrá el plazo para presentar mejoras al texto.

Los senadores recordaron el contexto de este proyecto cuando tras el estadillo social, surgió el movimiento No Más TAG. Así reconocieron que las autopistas cometen abusos cuando cobran más de una vez el paso por un pórtico cuando no se lleva un tag, lo que ha sido cuantificado por las compañías en 5 millones de infracciones en mora, lo que representa unos 300 mil millones de pesos.

También los legisladores coincidieron respecto a la necesidad de evaluar cómo los bienes públicos –caminos en este caso- son administrados por privados. Se reconoció que el cobro del tag es un medio que permite que las concesionarias recuperar parte de sus inversiones, pero también se admitió que es pertinente revisar los contratos con las concesionarias y los mecanismos de ajuste.

Respecto a la premura en la tramitación, los parlamentarios argumentaron que en marzo del 2020 se desarrollará un nuevo proceso de renovación del permiso de circulación, por lo que se espera que esta norma esté en condiciones de transformarse en ley a más tardar a mediados de enero. La idea es que en marzo los cobros respectivos se hagan una sola vez.

La ley vigente establece que, en los caminos públicos en que opere un sistema electrónico de cobro de tarifas o peajes, solo podrán circular los vehículos que estén provistos de un dispositivo electrónico habilitado u otro sistema complementario que permitan su cobro. La infracción a esta prohibición será sancionada con una multa de una unidad tributaria mensual y, para todos los efectos, se entenderá como una infracción grave.

El proyecto, originado en una moción, agrega a dicha norma una disposición que establece que si en un día calendario se cometieran dos o más contravenciones a la prohibición recién señalada, “solo se considerará la primera para efectos de la aplicación de sanciones“.

Asimismo, no correrá para este efecto la sanción definida en la Ley de Tránsito que involucra la suspensión de la licencia de conducir, de 45 a 90 días, al responsable de dos infracciones o contravenciones gravísimas cometidas dentro de los últimos doce meses; y de 5 a 30 días, al responsable de dos infracciones o contravenciones graves cometidas dentro de los últimos doce meses.

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